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Contribuciones e impuestos: las ayudas tributarias para los afectados por inundaciones

Entre los beneficios estatales se encuentran la condonación de multas e intereses y facilidades por impuestos impagos.

La rebaja de las contribuciones y un mayor plazo para la declaración de impuestos son parte de las medidas que el Gobierno anunció para las familias damnificadas por las inundaciones en las cuatro regiones declaradas como Zona de Catástrofe en el centro sur del país.

Según explicó Ricardo Pizarro desde la Defensoría del Contribuyente, las familias de las regiones de O’Higgins, Maule, Ñuble y Biobío podrán solicitar ante el Servicio de Impuestos Internos (SII) la retasación de sus bienes raíces (agrícolas y no agrícolas) que resultaron con daños producto del sistema frontal, disminuyendo considerablemente su valor.

¿Cómo solicitar las ayudas tributarias?

Para acceder a estas ayudas tributarias, los afectados deben hacer una “Solicitud de Modificación al Catastro de Bienes Raíces”, a través del ingreso del Formulario 2118 en el sitio web del SII o en las Oficinas de Impuesto Territorial Municipal correspondiente al domicilio del bien raíz.

Este requerimiento puede ser presentado por el o la propietaria, un representante o mandatario debidamente acreditado, adjuntando los antecedentes que comprueben los daños producidos como certificados, informes, fotografías, entre otros.

La modificación del avalúo va a depender de los daños registrados en la propiedad:

  • Destrucción o pérdida total.
  • Construcción presenta daños estructurales que la hacen irrecuperable.
  • Construcción presenta daños estructurales en una parte de esta, factibles de ser reparados.
  • Construcción presenta daños constructivos (no estructurales) considerables.
  • Terreno o suelo presenta daños graves que disminuyen notoriamente su aprovechamiento.

Otros alivios tributarios

Ricardo Pizarro recordó, además, que según lo anunciado por el Gobierno, las familias damnificadas entre las regiones de O’Higgins y Biobío podrán acceder a otro tipo de ayudas tributarias enmarcadas en un paquete de medidas, como, por ejemplo, la ampliación del período para declarar el IVA (formulario 29) y otros impuestos mensuales (formulario 50).

A lo anterior se suma la condonación de multas e intereses y facilidades por impuestos impagos, la postergación de pago de la primera y segunda cuota de impuesto territorial, la suspensión del cobro automático a contribuyentes sancionados por infracciones tributarias específicas, y la extensión de plazo para que las personas y Mipymes con procesos de cobros en estado avanzado puedan regularizar su situación y evitar el remate de sus bienes por no pago de sus obligaciones tributarias.

“Sabemos que son momentos complejos para cientos de familias de la zona centro sur de nuestro país y, por lo mismo, requieren del apoyo total de los distintos estamentos del Estado. Es por ello que como Defensoría del Contribuyente estamos disponibles para brindar toda la orientación y ayuda que requieran para acceder a las distintas medidas tributarias anunciadas y de forma totalmente gratuita”, expresó el defensor del Contribuyente, Ricardo Pizarro.

¿Cómo recibir orientación?

Puedes contactar a la Defensoría del Contribuyente, a través de ESTE LINK. Allí, con la Clave Única, podrás requerir el servicio de orientación para los trámites que necesites.

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